EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA PAZ

Último artículo 03-17-2008 6:19 PM escrito por melbaluz. 0 respuestas.
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  • 03-17-2008 6:19 PM

    • melbaluz
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    • Se unió el 03-17-2008
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    EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA PAZ

    Me sorprendió muy gratamente que Juanes pidiera que las constituciones consagraran el derecho a la Paz.

    La Constitución Colombiana de 1991, en su artículo 22, elevó a Derecho Constitucional el derecho a la Paz

    y, por tanto, los colombianos, todos, somos titulares del mismo. Un derecho que ha sido desarrollado por la Jurisprudencia de la 

    Corte Constitucional, en sentencia de marzo de 1993, con ponencia del Magistrado Carlos Gaviria. Según esta doctrina el derecho a la Paz confiere a

    los ciudadanos la facultad de intervenir en los asuntos públicos como miembro activo de la comunidad política, y un poder de exigencia frente  al

    Estado  y  a los particulares para reclamarles el cumplimiento de obligaciones de hacer.

    Propongo que, dentro del proyecto de Juanes, se organice una movilización de los ciudadanos colombianos, residentes en Colombia y en el exterior,

    para exigir al Gobierno colombiano que haga la  paz y no la guerra, que no realice operaciones de bombardeos ni al interior de Colombia ni en ningún

    país del planeta y que presente a la opinión pública un plan de reducción de la inversión estatal en compra de armamentos.

    Asimismo, esa movización será  para exigir a todas las fuerzas armadas irregulares y activas en Colombia, que se desactiven, que abandonen las

    armas y la guerra, que liberen a todos los secuestrados y que inicien un proceso de diálogo para alcanzar la paz.

    La paz solo se consigue si se hace la paz, hacer la paz es ejercer el derecho a la paz.

    El proyecto de Juanes es un claro ejemplo de ejercicio ciudadano de este derecho fundamental.

     

     


    Melba Luz Calle Meza
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